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Seguridad Privada en Querétaro

Qué exige el reglamento de seguridad privada de Querétaro, cómo verificar a un proveedor y cuánto gana un guardia en el estado.

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Esta página reúne lo que hace falta saber para contratar, verificar o trabajar en seguridad privada en Querétaro: la norma que aplica, la autoridad que la vigila, los datos de mercado y los sueldos del sector. Cada cifra lleva su fuente.

Última verificación del marco normativo: 1 de septiembre de 2026. Las leyes estatales se reforman, así que revisamos y fechamos esta ficha cada año.

Todavía no operamos aquíNuestra operación con guardias propios está en la Ciudad de México y el Estado de México. En esta entidad atendemos consultas y evaluamos apertura: si necesitas servicio inmediato, te decimos con honestidad si podemos o no antes de hacerte perder tiempo.

Marco normativo

¿Qué ley regula la seguridad privada en Querétaro?

La ficha se toma directamente del ordenamiento vigente y del portal de trámites de la autoridad. Si un dato no se pudo verificar, no se publica.

Reglamento para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Querétaro

Verificado el 1 de septiembre de 2026
Autoridad que autoriza

Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro (SSC), a través de la Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada
Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada

Trámite

Autorización inicial ante la SSC: 105 UMA ($10,893); refrendo anual: 53 UMA ($5,498), solicitado 30 días antes del vencimiento

Vigencia

1 año, con refrendo anual; las autorizaciones para eventos específicos no pueden exceder 30 días naturales (artículos 10 y 11)

Publicación y última reforma

12 de febrero de 1999
Reforma: 2 de diciembre de 2005

Cuándo hace falta además la autorización federal

Cuando el servicio se presta en dos o más entidades federativas. En ese caso aplica la Ley Federal de Seguridad Privada y la autorización la expide la Dirección General de Seguridad Privada de la SSPC, con vigencia de un año.

Mercado e incidencia

El contexto de Querétaro en números

Datos con fuente y año. Donde no hay cifra oficial disponible, lo decimos en vez de estimarla.

2,368,467Habitantes
INEGI
1,530,820Zona metropolitana
Fuente citada en la página
Robo a casa habitación cayó 32% en el municipio de Querétaro entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2026, frente al mismo periodo de 2025.Robo a casa habitación
SESNSP
157Empresas registradas
Secretaría de Seguridad Ciudadana de Querétaro
$8,263Sueldo promedio de guardia
al mes, 12 de agosto de 2026

El dato proviene del SESNSP, vía el Municipio de Querétaro, y tiene dos límites que conviene conservar: es un porcentaje sin cifra absoluta de carpetas y cubre solo al municipio capital, no toda la Zona Metropolitana de Querétaro ni el estado. La población metropolitana de 1,530,820 habitantes es una estimación 2022 de COESPO citada por Excélsior, no un conteo directo del Censo INEGI.

Querétaro se regula por un reglamento de 1999, el ordenamiento de seguridad privada más antiguo entre los 32 estados que documentamos. El texto original encargaba la autorización al Secretario de Gobierno, pero esa competencia migró de forma verificable a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) por ley posterior. Su catálogo reconoce cuatro modalidades y el trámite tiene un costo identificado: 105 UMA para la autorización inicial y 53 UMA para el refrendo anual. El reglamento sí sanciona, pero no con multas: el capítulo completo solo prevé amonestación, suspensión, revocación y clausura. Todavía no operamos aquí con personal propio.

Esta página reúne, con fuente y fecha explícitas, lo necesario para verificar a un proveedor local, entender el marco normativo aplicable y dimensionar el mercado de seguridad privada en Querétaro. La primera vez que usemos “Querétaro” para la ciudad, se refiere a Santiago de Querétaro, la capital; el contexto distingue esa ciudad del estado homónimo.

Un reglamento de 1999, con una sucesión institucional que sí se puede verificar

El Reglamento para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Querétaro se publicó el 12 de febrero de 1999 y tuvo su última reforma el 2 de diciembre de 2005. Es el ordenamiento más antiguo del corpus de 32 entidades que hemos revisado. Su artículo 2 asignaba la autorización al Ejecutivo estatal “a través del Secretario de Gobierno”.

Ese dato histórico no describe, sin embargo, a la autoridad que hoy tramita y vigila. La Ley de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro, publicada el 10 de junio de 2016 y reformada por última vez el 30 de septiembre de 2021, faculta expresamente a la SSC para autorizar, evaluar, controlar, supervisar y registrar servicios de seguridad privada, así como ordenar procedimientos de sanción (artículos 10, fracción XI; 12, fracción XVI; y 20, fracción VI). Hoy la función se ejerce por la SSC, a través de su Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada. No es una inferencia por el nombre del área: la cadena normativa está documentada.

El artículo 3 reconoce cuatro modalidades:

  1. Protección y custodia de personas.
  2. Vigilancia intramuros.
  3. Seguridad, resguardo y traslado de bienes o valores.
  4. Consultoría y/o asesoría en materia de seguridad privada.

Es un catálogo compacto frente a los nueve de Puebla y Chihuahua, aunque no el menor de la serie: el reglamento de Jalisco enumera tres modalidades. Su vigencia es de un año; el artículo 11 exige solicitar el refrendo 30 días antes del vencimiento. Para un evento específico, el artículo 10 limita la autorización a un máximo de 30 días naturales.

Autorización con costo publicado y requisitos concretos

La autorización inicial cuesta 105 UMA ($10,893); el refrendo anual, 53 UMA ($5,498). Son derechos identificados en la Ley de Hacienda estatal y difundidos en el trámite oficial de la SSC. La UMA se actualiza, así que los importes en pesos deben confirmarse antes de presupuestar.

El artículo 8 exige RFC, autorización municipal previa y aprobación de programas, armamento, equipo, personal y establecimientos. Para una persona moral, añade escritura constitutiva y antecedentes penales de los socios; para una persona física, acta de nacimiento, domicilio, antecedentes penales y fotografías. No basta con tener uniforme o una razón social: la autorización abarca la operación que se pretende prestar.

Sanciones sin multa: un hallazgo confirmado, no una omisión de la investigación

Los artículos 21 y 22 enumeran 15 infracciones, entre ellas operar sin autorización, proporcionar información falsa, alterar documentos, usar uniformes no aprobados, emplear personal no acreditado o utilizar denominaciones como “policía”. Al leer el capítulo completo se advierte una diferencia poco común: las sanciones son exclusivamente amonestación por escrito, suspensión temporal hasta por 180 días, revocación de la autorización y clausura de establecimientos.

El reglamento no fija una multa en dinero, UMA ni salarios mínimos. No presentamos esa ausencia como un vacío documental: está confirmada por la lectura directa de sus disposiciones sancionadoras. Tampoco encontramos sanción específica al cliente que contrata sin verificar a un proveedor. Eso no elimina el riesgo de contratar irregularmente; solo indica que el texto concentra sus consecuencias administrativas en el prestador.

Un mercado metropolitano y una mejora documentada de formalización

Querétaro tiene 2,368,467 habitantes según el Censo 2020. La Zona Metropolitana de Querétaro —Querétaro capital, Corregidora, El Marqués y Huimilpan— reúne una estimación de 1,530,820 habitantes, 64.6% de la población estatal. El origen es COESPO, citado por Excélsior, con dato de 2022: es una estimación de un consejo estatal y no un conteo censal directo del INEGI; por eso no la presentamos como si ambas fuentes tuvieran la misma naturaleza.

El padrón oficial de la SSC registra 157 prestadores autorizados con vigencias entre abril de 2024 y marzo de 2025. Ese corte permite observar un cambio relevante, aunque no perfectamente homogéneo: en 2023, un reportaje de EfectoQro que citó a la propia SSC señalaba que solo 15 de 140 empresas que operaban estaban autorizadas. Los años, universos y formatos no son idénticos, pero ambas referencias oficiales describen una historia consistente de formalización creciente, no una laguna de verificación.

En el municipio de Querétaro, el robo a casa habitación cayó 32% entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2026 frente al mismo periodo de 2025, según el SESNSP vía el municipio. Es una fuente nacional más comparable que una fiscalía local, pero solo difundió el porcentaje: no contamos con las cifras absolutas de carpetas para ese corte. Además, el indicador aplica solo al municipio capital, no a toda la zona metropolitana ni al estado.

Por qué Querétaro, aunque todavía no operamos aquí

La capital combina gobierno estatal, un corredor automotriz y aeroespacial de escala nacional y un centro histórico Patrimonio de la Humanidad. San Juan del Río aporta un segundo polo manufacturero y agroindustrial; El Marqués suma parque industrial y vivienda en expansión; Corregidora concentra desarrollo residencial y comercial conurbado. Esa mezcla obliga a distinguir una necesidad de control de accesos en parque industrial de una operación de lobby y caseta en un condominio.

El promedio de guardia de $8,263 coloca a Querétaro cerca de la mitad de la tabla salarial a nivel nacional. Sus 201 reportes en Indeed dan a esa referencia una base más amplia que varias cifras de la serie, pero no sustituyen una cotización ni explican por sí solos el costo operativo de cada sitio.

Si administra un condominio o una operación corporativa en la capital, San Juan del Río, El Marqués, Corregidora o cualquier otro municipio, tenga presente que el reglamento queretano no sanciona al cliente que contrata sin verificar —a diferencia del Estado de México o Puebla—, así que confirmar el refrendo vigente de su proveedor contra el padrón de 157 empresas autorizadas de la SSC es, aquí más que en otros estados, una responsabilidad que recae enteramente en usted. Si desea saber cuándo operaremos en su zona, puede escribirnos: respondemos con transparencia, no con una cotización que hoy no podemos cumplir.

EstadoNormaAutoridadVigenciaPoblaciónEmpresasSueldo guardia
AguascalientesLey (2003)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de AguascalientesUn año a partir de la fecha de autorización1,425,607$8,220
Baja CaliforniaReglamento (2010)Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Baja California1 año3,769,020$11,022
Baja California SurLey (2017)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California SurUn año798,447$10,288
CampecheLeyCoordinación General de Seguridad PúblicaUn año928,363$9,445
ChiapasLey (2013)Secretaría de Seguridad y Protección CiudadanaUn año5,543,828$7,876
ChihuahuaLey (2012)Fiscalía General del Estado de Chihuahua1 año3,741,869$12,793
Ciudad de MéxicoLey (2005)Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México1 año9,209,944$8,626
CoahuilaReglamento (1999)Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila1 año3,146,771214$11,022
ColimaReglamento (2019)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de ColimaVer ficha731,391$9,629
DurangoLey (2009)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de DurangoUn año1,832,650$8,108
Estado de MéxicoLey (2010)Secretaría de Seguridad del Estado de México2 años16,992,418$8,604
GuanajuatoLey (2021)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato1 año6,166,934$7,956
GuerreroLey (2024)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de GuerreroRevalidación anual durante enero de cada año3,540,68548$7,876
HidalgoLey (2013)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de HidalgoVer ficha3,082,841$8,128
JaliscoReglamento (2004)Consejo Estatal de Seguridad Pública de Jalisco1 año8,348,151$9,000
MichoacánLey (2011)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de MichoacánUn año calendario4,748,846$7,876
MorelosLey (2020)La Comisión Estatal de Seguridad PúblicaVer ficha1,971,520134$7,974
NayaritReglamento (2003)Dirección General de Seguridad Pública del Estado de NayaritUn año1,235,456$7,876
Nuevo LeónLey (2007)Secretaría de Seguridad del Estado de Nuevo León1 año5,784,442914$11,022
OaxacaReglamento (2001)Secretaría de Seguridad y Protección CiudadanaUn año desde su expedición4,132,14895$7,876
PueblaLey (2014)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla1 año6,583,278$7,886
QuerétaroReglamento (1999)Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro1 año2,368,467157$8,263
Quintana RooReglamento (2005)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Quintana RooUn año1,857,985$10,344
San Luis PotosíLey (2012)Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de San Luis Potosí5 años2,822,255$8,213
SinaloaLey general (2009)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de SinaloaVer ficha3,026,943$7,876
SonoraLey (2017)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sonora1 año2,944,840167$11,022
TabascoLey general (2009)Secretaría de Seguridad PúblicaUn año desde la expedición2,402,598$9,801
TamaulipasLey (2007)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas1 año3,527,735121$11,022
TlaxcalaLey (2004)Secretaría de Gobierno del EstadoUn año1,342,977$7,876
VeracruzLey general (2025)Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública de VeracruzAproximadamente 1 año8,062,57996$7,876
YucatánLey (2004)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de YucatánUn año2,320,898$8,877
ZacatecasReglamento (2000)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de ZacatecasVer ficha1,622,138$8,744

Norma, autoridad y cifras de cada estado están fechadas y citadas en su propia ficha; esta tabla solo compara, no sustituye esa verificación. Se genera a partir de los 32 estados publicados en este momento.

Dónde se concentra la demanda

Querétaro

Capital del estado y núcleo de su principal zona metropolitana

1,049,777 habitantes. Aquí “Querétaro” nombra a la vez la ciudad capital —formalmente Santiago de Querétaro— y al estado; es sede de gobierno, corredor industrial aeroespacial y automotriz de escala nacional, y centro histórico Patrimonio de la Humanidad.

San Juan del Río

Segundo polo económico del estado

297,804 habitantes. Su actividad manufacturera y agroindustrial la convierte en un mercado distinto al de la capital, con demanda relevante de seguridad patrimonial, de accesos y de instalaciones productivas.

El Marqués

Parque industrial y expansión habitacional conurbada

231,668 habitantes. Alberga el Parque Industrial Bernardo Quintana, uno de los más grandes de México, y un crecimiento residencial acelerado vinculado funcionalmente a la capital.

Corregidora

Desarrollo residencial y comercial conurbado con la capital

212,567 habitantes. Su expansión residencial, comercial y de fraccionamientos forma parte del continuo urbano de la capital y se cuenta entre los crecimientos municipales más acelerados del país en la última década.

Fuentes de esta ficha

  1. Población total 2020 — INEGI, Censo de Población y Vivienda 2020 (2020)
  2. Empresas autorizadas en el padrón vigente — Secretaría de Seguridad Ciudadana de Querétaro (2024)
  3. Robo a casa habitación, variación 2025-2026 en el municipio de Querétaro — SESNSP, vía Municipio de Querétaro (2026)
  4. Marco normativo — Reglamento para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Querétaro
  5. Sueldos del sector — Indeed México, 201 sueldos reportados para guardia de seguridad privada en Querétaro de Arteaga (12 de agosto de 2026)

Revisamos esta ficha al menos una vez al año. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos citando la fuente.

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre seguridad privada en Querétaro

Las que más nos llegan por WhatsApp y correo, respondidas sin rodeos.

¿Virelta opera con guardias propios en Querétaro?

Todavía no. Nuestra operación con personal propio está en la Ciudad de México y el Estado de México, y evaluamos activamente Querétaro como mercado de expansión. No ofrecemos un servicio que hoy no podemos ejecutar con nuestros propios estándares: si requiere seguridad de inmediato en la capital, San Juan del Río, El Marqués o Corregidora, se lo indicamos con transparencia desde el primer contacto.

¿Qué autoridad regula hoy la seguridad privada en Querétaro?

La Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro (SSC), mediante su Dirección de Servicios al Público y Seguridad Privada. El Reglamento de 1999 aún menciona al Secretario de Gobierno, pero la Ley de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de 2016, reformada en 2021, trasladó expresamente a la SSC las facultades de autorizar, evaluar, controlar, supervisar, registrar y sancionar los servicios de seguridad privada.

¿Querétaro se regula por una ley o por un reglamento?

Por el Reglamento para la Prestación de Servicios de Seguridad Privada en el Estado de Querétaro, publicado en 1999 y reformado por última vez en 2005. Es el ordenamiento de seguridad privada vigente más antiguo entre los 32 estados del país (12 de febrero de 1999). No es el único reglamento del corpus: ocho estados más se rigen por ese formato normativo, entre ellos Jalisco, Baja California y Coahuila.

¿Qué modalidades de servicio reconoce Querétaro?

El artículo 3 reconoce cuatro: protección y custodia de personas; vigilancia intramuros; seguridad, resguardo y traslado de bienes o valores; y consultoría o asesoría en seguridad privada. Es un catálogo compacto frente a los nueve supuestos de Puebla y Chihuahua, aunque Jalisco tiene un catálogo todavía más breve de tres.

¿Cuánto cuesta la autorización de seguridad privada en Querétaro?

La autorización inicial cuesta 105 UMA, o $10,893 pesos, y el refrendo anual 53 UMA, o $5,498 pesos, según la Ley de Hacienda estatal y la información de trámite de la SSC. El refrendo debe solicitarse 30 días antes del vencimiento. Confirme el importe vigente antes de pagarlo, porque la UMA cambia cada año.

¿Qué multa paga una empresa que opera sin autorización en Querétaro?

El reglamento no fija multa monetaria alguna, ni en pesos, UMA o salarios mínimos. Tras revisar sus artículos 21 y 22 completos, confirmamos que sus sanciones son exclusivamente amonestación por escrito, suspensión temporal de hasta 180 días, revocación de la autorización y clausura. No es una laguna de investigación: es una ausencia expresa de sanción pecuniaria cuantificada en el texto revisado.

¿Querétaro sanciona al cliente que contrata sin verificar al proveedor?

No. El capítulo de infracciones y sanciones revisado no contempla una consecuencia directa para el cliente o usuario que contrata sin verificar la autorización. Comparte ese criterio con CDMX, Jalisco, Nuevo León y Chihuahua; la verificación sigue siendo indispensable por riesgo operativo y laboral, aunque no exista una multa específica al contratante.

¿Cuántas empresas de seguridad privada están autorizadas en Querétaro?

El padrón estatal publicado por la SSC reporta 157 prestadores autorizados, con vigencias entre abril de 2024 y marzo de 2025. Como contexto de formalización, una nota de 2023 que citó a la propia SSC reportó solo 15 empresas autorizadas de 140 que operaban entonces. Son cortes y fuentes de años distintos, no una comparación metodológicamente idéntica, pero apuntan a una mejora sustancial de formalización documentada.

¿Cuánto gana un guardia de seguridad en Querétaro?

El promedio reportado es de $8,263 pesos mensuales, con un rango de $7,876 a $12,967 (Indeed, 201 sueldos, 12 de agosto de 2026). A nivel nacional queda en una posición intermedia: por debajo de estados como CDMX y Estado de México, pero por encima de Guanajuato, Puebla y el grupo de ocho estados empatados en $7,876, entre ellos Veracruz.

¿Qué representa la Zona Metropolitana de Querétaro?

Agrupa a Querétaro capital, Corregidora, El Marqués y Huimilpan, con una estimación de 1,530,820 habitantes: 64.6% de la población estatal. La cifra es de COESPO para 2022, citada por Excélsior; no equivale a una delimitación o conteo directo del INEGI, por lo que la presentamos con esa distinción metodológica.

¿Querétaro tiene una ley de condominios propia?

No una ley independiente ni un régimen dentro del Código Civil. La propiedad en condominio se regula en el Código Urbano del Estado de Querétaro, publicado en 2018. Es un tercer patrón dentro de la serie: la mayoría tiene ley dedicada, Chihuahua usa su Código Civil y Querétaro integra el régimen en un código de desarrollo urbano y ordenamiento territorial.

¿Cómo se compara Querétaro con los demás estados de la serie?

Su reglamento de 1999 es el ordenamiento más antiguo en el conjunto nacional; documenta una cadena institucional completa hacia la SSC actual, cuatro modalidades, costos de autorización y sanciones no pecuniarias sin multa cuantificada. También comparte una relación recíproca de vecindad con Guanajuato y Estado de México, ambos confirmados en sus propias páginas.