Entidad federativa · Gro.

Seguridad Privada en Guerrero

Ley, autorización, empleo y condominios en Guerrero: fuentes verificadas y límites de consulta en 2026.

+15 años de experiencia
+50 condominios protegidos
Atención 24/7
98% tasa de renovación

Esta página reúne lo que hace falta saber para contratar, verificar o trabajar en seguridad privada en Guerrero: la norma que aplica, la autoridad que la vigila, los datos de mercado y los sueldos del sector. Cada cifra lleva su fuente.

Última verificación del marco normativo: 2 de septiembre de 2026. Las leyes estatales se reforman, así que revisamos y fechamos esta ficha cada año.

Todavía no operamos aquíNuestra operación con guardias propios está en la Ciudad de México y el Estado de México. En esta entidad atendemos consultas y evaluamos apertura: si necesitas servicio inmediato, te decimos con honestidad si podemos o no antes de hacerte perder tiempo.

Marco normativo

¿Qué ley regula la seguridad privada en Guerrero?

La ficha se toma directamente del ordenamiento vigente y del portal de trámites de la autoridad. Si un dato no se pudo verificar, no se publica.

Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero y Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada para el Estado de Guerrero

Verificado el 2 de septiembre de 2026
Autoridad que autoriza

Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero (artículo 4, Ley 850)
Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada (nombrada en el Reglamento de 2011; la Ley 850 no especifica una unidad interna distinta)

Trámite

Autorización para prestar servicios de seguridad privada, con revalidación durante enero de cada año conforme al artículo 13 de la Ley 850

Vigencia

Revalidación anual durante enero de cada año (artículo 13, Ley 850)

Publicación y última reforma

Ley 850: 20 de agosto de 2024. Reglamento: 29 de marzo de 2011
Reforma: 19 de agosto de 2024 (promulgación de la Ley 850), vigente 120 días después

Cuándo hace falta además la autorización federal

Cuando el servicio se presta en dos o más entidades federativas. En ese caso aplica la Ley Federal de Seguridad Privada y la autorización la expide la Dirección General de Seguridad Privada de la SSPC, con vigencia de un año.

Mercado e incidencia

El contexto de Guerrero en números

Datos con fuente y año. Donde no hay cifra oficial disponible, lo decimos en vez de estimarla.

3,540,685Habitantes
INEGI
No fue posible confirmar en esta investigación un desglose específico de robo a casa habitación para Guerrero. DISI Ejecutivo reporta delitos de alto impacto, una categoría distinta.Robo a casa habitación
Fuente citada en la página
48Empresas registradas
Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero
$7,876Sueldo promedio de guardia
al mes, 20 de julio de 2026

DISI Ejecutivo, publicado el 20 de enero de 2026 con datos SESNSP, reportó 6,081 delitos de alto impacto en 2019 y 4,603 en 2025, variación de -24%, y una tasa 2025 de 128 por cada 100 mil habitantes frente a media nacional de 221. No permite diagnosticar una colonia, inmueble o municipio. No fue posible confirmar una delimitación oficial de zona metropolitana para ningún municipio en esta investigación. El padrón estatal es una hoja de cálculo viva sin fecha de corte declarada: sus 48 registros fueron observados el 2 de septiembre de 2026 y pueden cambiar.

Esta ficha reúne información verificada sobre seguridad privada en Guerrero. El INEGI registró 3,540,685 habitantes en el Censo de Población y Vivienda 2020. La cifra sitúa la entidad, pero no mide demanda de vigilancia, riesgo de una propiedad ni calidad de un proveedor. Para contratar, administrar un condominio o aceptar una vacante importan el lugar exacto, los accesos, los turnos, los activos y los documentos revisables.

La particularidad jurídica de Guerrero exige una lectura cuidadosa. Existe una ley específica nueva, la Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero, publicada en 2024. También sigue publicado el Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada para el Estado de Guerrero, de 2011. No es responsable convertir esa coexistencia documental en una certeza que la investigación no sostiene: la ley nueva no menciona nominalmente al reglamento al derogar las disposiciones contrarias, y no fue posible confirmar un reglamento nuevo que resuelva expresamente los detalles pendientes.

Cinco municipios, contextos que no son intercambiables

Acapulco de Juárez concentró 779,566 habitantes en el Censo 2020, 22.0% de la población estatal. Es, por mucho, el municipio más poblado de Guerrero y un puerto turístico e industrial histórico, con una problemática de seguridad ampliamente documentada y un contexto distinto del resto de la entidad. Ese dato municipal no permite inferir cuántos guardias necesita un hotel, una vivienda, un comercio o una comunidad residencial: cada operación tiene entradas, horarios, visitantes y activos propios.

Chilpancingo de los Bravo, capital y sede de gobierno, registró 283,354 habitantes, 8.0% del total estatal. Iguala de la Independencia registró 154,173 habitantes, 4.4%, y funciona como centro comercial e industrial de la región Norte. Zihuatanejo de Azueta, con 126,001 habitantes, 3.6%, es un polo turístico de la Costa Grande cuya escala y perfil económico no se confunden con los de Acapulco. Taxco de Alarcón registró 105,586 habitantes, 3.0%, y reúne un carácter platero y turístico patrimonial como ciudad Pueblo Mágico.

La comparación sirve para recordar el límite de una guía estatal. La población de un municipio no describe los puntos ciegos de una caseta, la entrada de proveedores, el horario de una recepción, la superficie de áreas comunes ni el tipo de activo que se busca proteger. Tampoco permite fijar una jornada laboral sin conocer el puesto. Antes de pedir cotizaciones conviene definir el alcance: posiciones, turnos, recorridos, registros, supervisión, equipo y responsable de incidencias. Antes de aceptar empleo conviene pedir por escrito lugar de adscripción, razón social, horario, descansos y funciones.

Guerrero colinda con Michoacán, Estado de México, Morelos, Puebla y Oaxaca. En el sitio están disponibles las fichas de Michoacán, Estado de México, Puebla y Oaxaca. La vecindad territorial no traslada una autorización estatal. Quien presta un servicio debe comprobar cuál permiso cubre el lugar y la modalidad concreta donde operará; quien contrata debe pedir esa comprobación antes de firmar.

Incidencia: una referencia agregada, no un diagnóstico local

El reporte DISI Ejecutivo del Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, publicado el 20 de enero de 2026 con datos del SESNSP, reporta para Guerrero 6,081 delitos de alto impacto en 2019 y 4,603 en 2025. La variación indicada es de -24%. El documento ubica a Guerrero en el lugar 21 de 32 por disminución porcentual y reporta una tasa 2025 de 128 delitos de alto impacto por cada 100 mil habitantes, frente a una media nacional de 221.

Las cifras deben conservar exactamente ese alcance. “Delitos de alto impacto” es una categoría agregada del reporte; no equivale a un conteo de robos a casa habitación, no describe cada municipio ni explica por sí sola la situación de Acapulco o de cualquier otra localidad. No fue posible confirmar en esta investigación un desglose específico de robo a casa habitación para Guerrero. Tampoco fue posible confirmar una delimitación oficial de zona metropolitana para algún municipio de la entidad, así que no se presenta una cifra metropolitana como si estuviera verificada.

Una tasa estatal por debajo de una media nacional tampoco autoriza conclusiones automáticas sobre un predio. Sería igual de incorrecto usar la notoriedad de una problemática regional para decidir una plantilla sin revisar el sitio. El diagnóstico útil observa quién entra, en qué horarios, qué zonas quedan abiertas, qué entregas existen, dónde se resguardan llaves, qué incidentes están documentados, cómo se comunica una emergencia y qué decisiones corresponden al personal privado. Las cifras públicas pueden abrir preguntas; no las responden por adelantado.

Ley 850 y Reglamento de 2011: qué sí se puede afirmar

La Ley Número 850 fue promulgada el 19 de agosto de 2024 y publicada el 20 de agosto de ese año en el Periódico Oficial, Edición No. 67, Alcance III. Su transitorio primero previó que entraría en vigor 120 días después de la publicación, para que la Secretaría hiciera las adecuaciones necesarias. El transitorio quinto otorgó después 90 días naturales adicionales para que los prestadores presentaran solicitud de registro; quien no cumpliera se consideraría empresa irregular. El artículo 4 identifica a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero como la autoridad competente para autorizar, regular, controlar, supervisar y sancionar los servicios de seguridad privada.

Por ser la ley específica más reciente y de mayor jerarquía, es la referencia que debe guiar la autoridad, las modalidades, la revalidación y el régimen sancionador. Su artículo 8 contempla seis modalidades: seguridad privada a personas; seguridad privada en los bienes; traslado de valores; seguridad de la información; sistemas de prevención y responsabilidades; y actividad vinculada. El artículo 13 exige revalidar la autorización durante enero de cada año y actualizar la póliza de fianza conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Los artículos 77 y 79 prevén, entre otras consecuencias, multa de 100 a 1,000 veces la UMA, amonestación escrita, suspensión de hasta seis meses o revocación. El artículo 79 enumera 17 supuestos de infracción, incluidos alterar documentación, asignar personal sin cédula, omitir reportes mensuales, usar indebidamente emblemas oficiales, no denunciar el robo de armamento e impedir inspecciones. La guía de ley de seguridad privada en Guerrero separa estos elementos de los que aparecen en el texto anterior.

El Reglamento de 2011, publicado el 29 de marzo de ese año en el Periódico Oficial No. 25 bajo la entonces vigente Ley 281, nombra a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Civil y a una Dirección General de Registro y Supervisión. En su artículo 3 enumera nueve modalidades, entre ellas seguridad en inmuebles, traslado y custodia de bienes o valores, traslado y protección de personas, localización e información, alarmas, seguridad interna en organismos turísticos y privados, seguridad con canes y actividades relacionadas. También habla de una vigencia de un año revalidable y de sanciones expresadas en salarios mínimos generales vigentes en el estado.

Esas diferencias no son un detalle de redacción. El transitorio cuarto de la Ley 850 dice que se derogan las disposiciones contrarias, pero no menciona por nombre al Reglamento de 2011. No fue posible confirmar si el reglamento fue abrogado expresamente, si permanece vigente en lo que no contradiga la ley o si quedó superado en la práctica. La ley nueva además remite detalles a un reglamento, y no fue posible confirmar que se hubiera expedido uno nuevo. Por ello, no se presenta el reglamento de 2011 como norma operativa plena ni se declara inexistente: para montos exactos de fianza y otros vacíos, corresponde verificar directamente con la Secretaría.

Padrón vivo, autorización y decisiones de contratación

La Secretaría de Seguridad Pública estatal publica una página de “Empresas privadas” que enlaza una hoja de cálculo. Al consultarla el 2 de septiembre de 2026, se observaron 48 registros, con columnas como RFC, razón social, representante legal, tipo estatal o federal, modalidad, fechas de autorización y vencimiento, número de permiso y estatus. Es una señal de transparencia útil para iniciar una revisión, no un número cerrado.

La fuente no declara fecha de corte. Por eso 48 no se trata como un padrón oficial fechado ni como una cantidad permanente: es una observación puntual de un recurso vivo que puede cambiar. Las fechas más recientes de autorización observadas correspondían a septiembre de 2025, pero tampoco permiten inferir que cada registro conserva vigencia hoy sin revisar su renglón. La presencia en el listado no certifica calidad, cobertura territorial, personal disponible, precio ni que una modalidad coincida con el servicio buscado.

Para usar el padrón con prudencia, compare el nombre de la razón social que firmará el contrato con el que aparece en el recurso; revise permiso, estatus y fecha de vencimiento; y pida que se identifique la modalidad aplicable. La empresa debe poder explicar qué autorización respalda el servicio ofrecido y qué documentación tiene actualizada. Si la cotización habla de una fianza, no basta con copiar el Reglamento de 2011: la Ley 850 ordena actualizarla conforme a UMA pero no fija un monto, mientras que el reglamento anterior contiene una inconsistencia interna entre 5,000 y 4,500 veces el salario mínimo. No se puede escoger una cifra por conveniencia.

Empleo: referencia salarial y preguntas que no sustituye

Indeed México reportó el 20 de julio de 2026 un promedio mensual de $7,876 para guardia de seguridad privada en Guerrero, con un rango publicado de $7,876 a $11,026, a partir de 17 sueldos reportados. La propia página lo ubicaba 9% por debajo del promedio nacional. Es una referencia de mercado limitada: no equivale al sueldo garantizado de una vacante, no incluye por sí sola prestaciones ni indica el turno, municipio, puesto o funciones de una oferta concreta.

La cifra sirve para preparar una conversación, no para terminarla. Un candidato puede preguntar cuál es la razón social contratante, dónde será la adscripción, qué horario se cubrirá, cuáles son los descansos, qué tareas corresponden al puesto, qué equipo se entrega y cómo se reflejan prestaciones y pagos en el documento laboral. También conviene saber cómo se cubrirán relevos y ausencias. Una posición continua requiere una organización real de turnos; un anuncio que evita explicar esa cuenta deja la parte más importante para después.

El proveedor formal también debe poder identificar su autorización y la modalidad bajo la que opera. Que una oferta mencione “seguridad” no reemplaza la revisión del permiso, igual que un permiso no reemplaza la claridad laboral. La guía de empleo de guardia en Guerrero explica cómo leer la referencia salarial sin convertirla en promesa y qué preguntas ayudan a documentar una vacante.

Condominios: acuerdo, alcance y gasto común

La Ley Número 557 de Propiedad en Condominio para el Estado de Guerrero permite celebrar convenios con autoridades competentes para establecer control y vigilancia en jardines, parques, vialidades, plazas, estacionamientos y otras áreas o elementos de uso común, previo acuerdo aprobatorio de la Asamblea General. Es el contenido preciso del artículo 36. No atribuye por sí solo una contratación automática ni convierte una decisión de seguridad en facultad individual de la administración.

El artículo 36 no fija una mayoría especial. Por la regla general del artículo 42, aplica la mayoría simple de votos de los presentes. El acuerdo debe dejar claro qué se aprueba: áreas a cubrir, horario, presupuesto, plazo, responsable de formalizar, información que deberá entregar el proveedor y forma de revisión. Si se propone vigilancia externa, la asamblea no tiene que adivinar qué está comprando: debe comparar posiciones, turnos, funciones, equipo, supervisión y mecanismos para reportar incidencias al mismo alcance.

El artículo 66 indica que el fondo de administración y mantenimiento cubre operación y servicios no individualizados de las áreas comunes, distribuido conforme al porcentaje de indiviso de cada unidad. Esa regla de gasto no decide cuál servicio es necesario. Primero se determina la necesidad concreta y el alcance verificable; después se calcula el presupuesto y su distribución. La guía de condominios en Guerrero desarrolla la relación entre asamblea, artículo 36, artículo 42 y artículo 66.

Guerrero es una entidad de cobertura de expansión. Esta información busca que una consulta se haga con documentos y límites claros, no prometer una operación propia donde no la hay. La ley se lee sin borrar su ambigüedad reglamentaria; el padrón se consulta sin congelar una hoja viva; y la decisión sobre un inmueble se toma con evidencia del lugar, no con una cifra estatal aislada.

EstadoNormaAutoridadVigenciaPoblaciónEmpresasSueldo guardia
AguascalientesLey (2003)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de AguascalientesUn año a partir de la fecha de autorización1,425,607$8,220
Baja CaliforniaReglamento (2010)Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Baja California1 año3,769,020$11,022
Baja California SurLey (2017)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California SurUn año798,447$10,288
CampecheLeyCoordinación General de Seguridad PúblicaUn año928,363$9,445
ChiapasLey (2013)Secretaría de Seguridad y Protección CiudadanaUn año5,543,828$7,876
ChihuahuaLey (2012)Fiscalía General del Estado de Chihuahua1 año3,741,869$12,793
Ciudad de MéxicoLey (2005)Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México1 año9,209,944$8,626
CoahuilaReglamento (1999)Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila1 año3,146,771214$11,022
ColimaReglamento (2019)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de ColimaVer ficha731,391$9,629
DurangoLey (2009)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de DurangoUn año1,832,650$8,108
Estado de MéxicoLey (2010)Secretaría de Seguridad del Estado de México2 años16,992,418$8,604
GuanajuatoLey (2021)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato1 año6,166,934$7,956
GuerreroLey (2024)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de GuerreroRevalidación anual durante enero de cada año3,540,68548$7,876
HidalgoLey (2013)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de HidalgoVer ficha3,082,841$8,128
JaliscoReglamento (2004)Consejo Estatal de Seguridad Pública de Jalisco1 año8,348,151$9,000
MichoacánLey (2011)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de MichoacánUn año calendario4,748,846$7,876
MorelosLey (2020)La Comisión Estatal de Seguridad PúblicaVer ficha1,971,520134$7,974
NayaritReglamento (2003)Dirección General de Seguridad Pública del Estado de NayaritUn año1,235,456$7,876
Nuevo LeónLey (2007)Secretaría de Seguridad del Estado de Nuevo León1 año5,784,442914$11,022
OaxacaReglamento (2001)Secretaría de Seguridad y Protección CiudadanaUn año desde su expedición4,132,14895$7,876
PueblaLey (2014)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla1 año6,583,278$7,886
QuerétaroReglamento (1999)Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado de Querétaro1 año2,368,467157$8,263
Quintana RooReglamento (2005)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Quintana RooUn año1,857,985$10,344
San Luis PotosíLey (2012)Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de San Luis Potosí5 años2,822,255$8,213
SinaloaLey general (2009)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de SinaloaVer ficha3,026,943$7,876
SonoraLey (2017)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sonora1 año2,944,840167$11,022
TabascoLey general (2009)Secretaría de Seguridad PúblicaUn año desde la expedición2,402,598$9,801
TamaulipasLey (2007)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas1 año3,527,735121$11,022
TlaxcalaLey (2004)Secretaría de Gobierno del EstadoUn año1,342,977$7,876
VeracruzLey general (2025)Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública de VeracruzAproximadamente 1 año8,062,57996$7,876
YucatánLey (2004)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de YucatánUn año2,320,898$8,877
ZacatecasReglamento (2000)Secretaría de Seguridad Pública del Estado de ZacatecasVer ficha1,622,138$8,744

Norma, autoridad y cifras de cada estado están fechadas y citadas en su propia ficha; esta tabla solo compara, no sustituye esa verificación. Se genera a partir de los 32 estados publicados en este momento.

Dónde se concentra la demanda

Acapulco de Juárez

Puerto turístico e industrial histórico, y municipio más poblado de Guerrero

El Censo de Población y Vivienda 2020 registró 779,566 habitantes, 22.0% del total estatal. Es una cifra municipal; no se usa como delimitación de zona metropolitana ni como diagnóstico de un inmueble.

Chilpancingo de los Bravo

Capital del estado y sede de gobierno

El Censo 2020 registró 283,354 habitantes, 8.0% de la población estatal. Su función administrativa no permite trasladar automáticamente una necesidad de vigilancia a otro municipio.

Iguala de la Independencia

Centro comercial e industrial de la región Norte

El Censo 2020 registró 154,173 habitantes, 4.4% del total estatal. La operación debe definirse por el sitio, sus accesos y sus horarios, no solo por el tamaño municipal.

Zihuatanejo de Azueta

Polo turístico de la Costa Grande

El Censo 2020 registró 126,001 habitantes, 3.6% de la población estatal. Su escala y perfil turístico son distintos de los de Acapulco.

Taxco de Alarcón

Ciudad Pueblo Mágico, centro platero y turístico patrimonial

El Censo 2020 registró 105,586 habitantes, 3.0% del total estatal. Esa referencia municipal no sustituye una evaluación de riesgos o flujos de un predio concreto.

Fuentes de esta ficha

  1. Población total y población municipal — INEGI, Censo de Población y Vivienda 2020, ‘En Guerrero hay 3,540,685 habitantes’ (2020)
  2. Delitos de alto impacto, 2019 a 2025 — Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, DISI Ejecutivo diciembre 2025 vs. 2024, con datos SESNSP (2025)
  3. Registros de empresas de seguridad privada — Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, página Empresas privadas; recurso vivo consultado el 2 de septiembre de 2026, sin fecha de corte declarada (2026)
  4. Marco normativo — Ley Número 850 de Seguridad Privada del Estado de Guerrero y Reglamento de los Servicios de Seguridad Privada para el Estado de Guerrero
  5. Sueldos del sector — Indeed México, 17 sueldos reportados para guardia de seguridad privada en Guerrero; la propia página lo ubica 9% por debajo del promedio nacional (20 de julio de 2026)

Revisamos esta ficha al menos una vez al año. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos citando la fuente.

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre seguridad privada en Guerrero

Las que más nos llegan por WhatsApp y correo, respondidas sin rodeos.

¿Virelta opera con guardias propios en Guerrero?

Todavía no. Guerrero es una entidad de cobertura de expansión: publicamos información para orientar una consulta, pero no presentamos como disponible un servicio con personal propio que hoy no podemos ejecutar. La disponibilidad debe confirmarse expresamente antes de contratar.

¿Qué norma regula hoy la seguridad privada en Guerrero?

La Ley Número 850 de 2024 es la norma específica más reciente y de mayor jerarquía, y debe tratarse como controladora de autoridad, modalidades, revalidación y sanciones. El Reglamento de 2011 sigue publicado, pero no fue posible confirmar si fue abrogado, si conserva vigencia en lo no contradictorio o si quedó superado en la práctica.

¿Cuántas modalidades contempla la Ley 850?

Seis: seguridad a personas; seguridad en bienes; traslado de valores; seguridad de la información; sistemas de prevención y responsabilidades; y actividad vinculada. El Reglamento de 2011 enumera nueve, pero esa diferencia no autoriza a elegir libremente uno u otro texto.

¿Cada cuándo se revalida la autorización?

El artículo 13 de la Ley 850 indica que debe revalidarse durante enero de cada año y actualizar la póliza de fianza conforme al valor de la UMA. Una empresa debe mostrar su autorización y la fecha de la revalidación aplicable, no solo afirmarlo en una cotización.

¿Las multas están expresadas en UMA o en salarios mínimos?

La Ley 850 prevé multa de 100 a 1,000 veces la UMA, además de otras sanciones. El Reglamento de 2011 menciona rangos en salarios mínimos generales vigentes en el estado. Son textos distintos y sus unidades no deben convertirse ni mezclarse.

¿Cuántas empresas aparecen en el padrón de Guerrero?

Al consultar el recurso vivo de la Secretaría el 2 de septiembre de 2026 se observaron 48 registros. La fuente no declara una fecha de corte, por lo que no es un padrón cerrado ni una cifra permanente; además, aparecer en una lista no acredita por sí solo disponibilidad, calidad o modalidad para un contrato concreto.

¿Qué dice la información disponible sobre incidencia?

DISI Ejecutivo reporta 4,603 delitos de alto impacto en 2025 frente a 6,081 en 2019, una variación de -24%, y una tasa de 128 por cada 100 mil habitantes. No fue posible confirmar un desglose de robo a casa habitación y ningún indicador estatal diagnostica una propiedad específica.

¿Cuánto gana un guardia de seguridad privada en Guerrero?

Indeed México reportó el 20 de julio de 2026 un promedio de $7,876 mensuales, con rango publicado de $7,876 a $11,026, a partir de 17 sueldos. Es una muestra de salarios reportados, no una tarifa de vigilancia ni una garantía de sueldo o prestaciones.