Casi todas las cotizaciones de seguridad para condominios en la Ciudad de México empiezan mal por la misma razón: alguien pregunta “¿cuánto cuesta un guardia?” cuando la pregunta correcta es “¿cuántas posiciones necesito cubiertas y durante cuántas horas?”.
Un guardia no es una unidad de servicio. Una posición sí.
La cuenta que casi nadie hace
Para cubrir una posición las 24 horas, los siete días de la semana, respetando jornada legal, descansos y vacaciones, se necesitan entre 3 y 4 elementos. No uno. No dos.
Cuando una cotización le ofrece cubrir 24/7 con dos personas, está pasando una de tres cosas: van a trabajar jornadas que no cumplen la ley, no habrá cobertura real en descansos, o el costo del reemplazo va a aparecer después como extra. Ninguna de las tres es buena para el condominio, y la primera además transfiere riesgo laboral a la propiedad.
Esta es la razón por la que dos cotizaciones con el mismo precio por elemento pueden terminar costando muy distinto. Lo que hay que comparar es el costo por posición cubierta, no por persona.
Vertical y horizontal no se protegen igual
En la Ciudad de México conviven dos tipologías con problemas distintos:
El edificio vertical —el perfil dominante en Benito Juárez, Cuauhtémoc y buena parte de Miguel Hidalgo— concentra el riesgo en un punto: el lobby. Quien controla el acceso peatonal y el vehicular controla el 90% de lo que puede pasar. Aquí el trabajo es control de accesos, gestión de visitantes y paquetería, coordinación con CCTV, y un protocolo claro de qué hacer cuando alguien “viene con el 402”.
El conjunto horizontal —privadas en Coyoacán, Álvaro Obregón, y buena parte de lo que se atiende en la zona conurbada— reparte el riesgo en el perímetro. La caseta importa, pero sin rondines documentados el perímetro queda ciego. Aquí pesa el patrullaje interno y la iluminación tanto como el guardia.
Lo desarrollamos con más detalle en la comparativa de residencial horizontal contra vertical.
Qué cambió en el mapa residencial de la ciudad
En todo 2025 se registraron 1,180 viviendas nuevas en la Ciudad de México, de las cuales el 98.5% fueron verticales. Cuatro alcaldías concentraron prácticamente toda la obra: Miguel Hidalgo con 416 unidades, Gustavo A. Madero con 259, Azcapotzalco con 246 y Cuauhtémoc con 227.
Para un condominio nuevo esto tiene una consecuencia concreta: el comité que se forma en el primer año toma decisiones —proveedor de seguridad, reglamento interno, protocolo de accesos— que después cuesta mucho revertir. Vale la pena hacerlas bien desde el principio, y por eso conviene que la primera cotización venga acompañada de un diagnóstico, no de un catálogo.
Lo que dice la ley de condominios
La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal le da a la asamblea general la facultad de “establecer los medios y las medidas para la seguridad y vigilancia del condominio, así como la forma en que deberán participar los condóminos o poseedores en esta actividad” (artículo 33, fracción XIII).
Dos cosas se desprenden de ahí y conviene tenerlas claras antes de convocar:
La decisión es de la asamblea, no del administrador. El administrador ejecuta y propone; quien aprueba el esquema de seguridad es el órgano colegiado. Un contrato firmado sin respaldo de acta es un contrato vulnerable.
No hay una mayoría especial para este tema. Aplica la regla general de mayoría simple, salvo que la escritura constitutiva o el reglamento interno de su condominio pidan algo distinto. Revíselos: en desarrollos grandes es común que la escritura fije mayorías calificadas para gastos que superen cierto monto, y un contrato anual de vigilancia normalmente lo supera.
Si el conflicto ya existe —administración cuestionada, cuotas impugnadas, decisiones sin acta— el camino es la Procuraduría Social de la Ciudad de México, a través de su Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio. Es gratuita y concilia antes de que el asunto escale.
Cómo llevarlo a la asamblea sin que se atore
De las cosas que hemos visto atorarse en asamblea, tres se repiten:
Presentar una sola cotización. Aunque tenga favorito, lleve tres. Una asamblea que solo ve una opción sospecha, con razón.
Presentar precio sin diagnóstico. El número por sí solo invita a discutir el número. Un diagnóstico que explique por qué hacen falta dos posiciones y no una convierte la discusión en un problema técnico, que es donde se resuelve.
No anticipar el aumento de cuota. Si el servicio implica ajustar la cuota de mantenimiento, dígalo en la convocatoria, no en la asamblea. La sorpresa mata más propuestas que el precio.
Preparamos una guía paso a paso para esto en cómo presentar y aprobar un contrato de seguridad en asamblea, y una plantilla de estructura anual en el plan anual de seguridad para condominios.
Antes de firmar, verifique
Sea con nosotros o con quien sea, estas comprobaciones toman cinco minutos y evitan años de problema:
- Permiso vigente de la SSC, con número y fecha, en la modalidad de vigilancia y protección de bienes.
- REPSE ante la STPS, que es lo que protege al condominio de la responsabilidad solidaria laboral.
- Registro biométrico del personal ante la SSC, no solo el registro de la empresa.
- Autorización federal de la DGSP si el proveedor también atiende clientes fuera de la ciudad.
El procedimiento completo, con las ligas oficiales para contrastar, está en nuestra guía de la ley de seguridad privada de la CDMX.
