¿Qué le toca al comité de vigilancia y qué al administrador?
El administrador ejecuta y contrata dentro de lo que la asamblea autorizó; el comité de vigilancia supervisa que eso se cumpla y revisa la cuenta. Aplicado a seguridad: el administrador gestiona el día a día con el proveedor, y el comité revisa que las visitas de supervisión ocurrieron, que los incidentes se registraron y que lo facturado corresponde al servicio prestado. Cuando esa separación se difumina, nadie revisa nada.



